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Política

El Tribunal Constitucional sentó una jurisprudencia contra espionaje sin autorización judicial

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El Tribunal Constitucional sentó una jurisprudencia contra espionaje sin autorización judicial

El Tribunal Constitucional estableció mediante sentencia, que tanto el Estado como los particulares están en la obligación de no realizar actuaciones que tengan por objeto interferir en comunicaciones y en la vida íntima de las personas, a menos que se cuente con su autorización o lo disponga la ley de forma expresa.

“…debe entenderse que el derecho al secreto y privacidad de la comunicación abarca las comunicaciones que se den en correo electrónicos, videoconferencias, envío de mensajes a través de Internet, el uso del chat cuando en este se emplee la opción de limitar la comunicación entre interlocutores, y las comunicaciones telefónicas que tienen lugar en la red, no aplicándose el derecho al secreto y privacidad de las comunicaciones a aquellas comunicaciones que se den a través de canales abiertos.”, precisó el Tribunal Constitucional en la sentencia TC-0200-13.

Puntualizó que producto de que el derecho al secreto y a la privacidad abarca también los medios en que este se pueda manifestar, se crea, ante los entes públicos y/o privados que estén encargados de permitir la transmisión o canalización de la misma, la obligación de mantener el derecho de confidencialidad del momento, duración y destino de la misma.

Agregó que dicha obligación puede ser levantada solo por la libre voluntad de los interlocutores o por la decisión de una autoridad judicial competente, que debe ser dada agotando los procedimientos que disponga la ley.

“Toda técnica, procedimiento o medida que esté encaminada a que los terceros tengan acceso al momento, duración, destino y contenido de las comunicaciones de los interlocutores, al margen del consentimiento de estos o de una autorización judicial emanada de un tribunal competente, matiza la existencia de una intervención de las comunicaciones, la cual vulnera el derecho al secreto y privacidad de la comunicación”, afirma el TC.

Argumentó que de la aplicación del literal 3 del artículo 44 de la Constitución nace la obligación, a cargo de los agentes prestadores de los servicios de telecomunicación y de cualquier tercero, de mantener el secreto, privacidad y confidencialidad, tanto del contenido del mensaje, al igual que con los datos relacionados al proceso que se dan en los medios utilizados para la comunicación, tales como el momento, duración y destino.

Secreto y privacidad

En ese fallo, el Tribunal Constitucional expuso que el derecho al secreto y privacidad de las comunicaciones está estrechamente relacionado con el derecho de intimidad (art.44 de la Constitución), “por recaer en el sujeto titular del mismo el derecho de control sobre las informaciones y los datos, incluyéndose en los mismos aquellos datos que sean públicos, que son inherentes a su propia persona para que sean utilizados de conformidad a su voluntad.”

El Tribunal Constitucional expuso que el derecho al secreto y la privacidad de las telecomunicaciones se desprende del artículo 12 de la declaración de los derechos Humanos, que dispone que nadie será objeto de injerencia arbitraria en su correspondencia, y del artículo 17 del Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos, que prohíbe la injerencia arbitraria o ilegal en la correspondencia.

“Producto de lo antes expresado, el derecho al secreto y privacidad de las comunicaciones se configura, por un lado, como una facultad inherente a cada individuo de poder disponer la distribución o resguardo de los datos e informaciones que se deriven del proceso de comunicación; por otro, al permitir al individuo el libre control sobre los datos e informaciones sobre su persona, se establece como un instrumento que viabiliza la protección en la intromisión del derecho a la intimidad.” , señaló el TC.

Citó jurisprudencia del Tribunal Constitucional del Perú (Sentencia núm. 2863-2002-AA/TC), que dispuso que el “secreto” e “inviolabilidad” de las comunicaciones “comprende a la comunicación misma, sea cual fuere su contenido y pertenezca o no el objeto comunicado al ámbito de lo personal, lo íntimo o lo reservado

“En ese sentido, el derecho al secreto y privacidad de las comunicaciones está destinado al reforzamiento de la garantía constitucional de libertad, funcionando este como una de las garantías que están relacionadas al derecho de intimidad.”, indicó el órgano constitucional de la República Dominicana.

También recogió una jurisprudencia del Tribunal Constitucional de España (Sentencia núm. STC 34/1996), que estableció que “El derecho al Secreto de las Comunicaciones, en su vertiente positiva pero implícita, consagra la libertad de las comunicaciones y explícitamente su reserva”. El tribunal español sostuvo que “En definitiva, se pretende garantizar así con eficacia ‹‹erga omnes››, tanto para los ciudadanos de a pie como para los agentes de los poderes públicos y abstracción hecho de la ‹‹dimensión material del secreto›› lo que se transmite.”

En base a la jurisprudencia comparada, los jueces constitucionales dominicanos precisaron que el derecho al secreto y privacidad de las comunicaciones no incluye únicamente la potestad de reserva que tienen los individuos en el tema relacionado con el manejo y la utilidad que debe dársele a las informaciones y a los datos que se den en el proceso de comunicación, sino también los datos e informaciones que se generen a través de los medios en que se trasmite la comunicación.

Expusieron, siguiendo la jurisprudencia del tribunal constitucional español, que el carácter íntimo del derecho al secreto y privacidad de la comunicación abarca no solamente el contenido o carácter privado de la misma, sino además todo el proceso mismo en que se da la comunicación, entre ellos la identidad de los interlocutores, el momento, duración y destino de la misma, sin importar el medio en que esta se realice.

Inconstitucionalidad

Con la sentencia dictada el 7 de noviembre de 2013, el Tribunal Constitucional acogió una acción directa de inconstitucionalidad interpuesta por el abogado Namphi A. Rodríguez, el doctor José Rafael Molina Morillo, la Fundación Prensa y Derecho, y el Centro para la Libertad de Expresión de la República Dominicana.

Esa acción fue presentada en contra de la resolución número 086-11, que aprueba el “Reglamento para la obtención y preservación de datos e informaciones por parte de los proveedores de servicios de telecomunicaciones”, dictada por el Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL).

El Tribunal Constitucional anuló los artículos 1.9, 3, 4, 5, 7, 8, 10, 12, 13, 14, 15, 16, 17 y 20 de la Resolución número 086-11, “por violentar el derecho a la intimidad, en su vertiente de derecho al secreto y privacidad de la comunicación, el principio de reglamentación e interpretación de los derechos fundamentales, el principio de razonabilidad, el principio del debido proceso y el principio de legalidad penal, contenidos en los artículos 40.15, 44.3, 69.7 y 74.2 de la Carta Sustantiva.”

Intervención telefónica

La periodista Nuria Piera denunció que recibió informe de Amnistía Internacional de que su teléfono fue intervenido mediante el software espía Pegasus. Luego dijo que una fuente le reveló que la interferencia se hizo durante el gobierno de Danilo Medina y en el actual de Luis Abinader.

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Rep. Dom brilla al inicio de la feria turística de Inglaterra

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Rep. Dom brilla al inicio de la feria turística de Inglaterra

El ministro de Turismo, David Collado, afirmó que su principal objetivo en la World Travel Market (WTM), que inició este martes aquí, es aumentar la conectividad aérea con Europa, que representa el 22 por ciento de los turistas que visitan República Dominicana.

Al hablar en el acto inaugural del stand dominicano en esa importante feria turística mundial, el ministro Collado dijo que aumentar la conectividad aérea con este continente es la mejor garantía de que más turistas europeos seguirán escogiendo a República Dominicana como su destino favorito de larga distancia.

“Europa representa el 22 por ciento de los turistas que visitan nuestro país y de esos, el mercado más pujante es el inglés”, indicó el funcionario.

La delegación dominicana que participa en la WTM, que se extenderá hasta el jueves, está integrada por más 25 copatrocinadores, así como, los principales bancos y otros actores del turismo dominicano.

Tras el corte de cinta, además del ministro Collado en la actividad habló la embajadora dominicana en Inglaterra, Rosa Hernández de Grullón, quien destacó el crecimiento y la diversificación de turismo dominicano.

Manifestó que seguirá haciendo su mejor esfuerzo para garantizar que más turistas ingleses siguen visitando República Dominicana.

La WTM es una de las ferias turística más importantes del mundo y principal de Inglaterra.

En esta edición 45 de la WTM participan más de 4 expositores de 182 países.

En la víspera del inicio de la feria, el ministro Collado realizó un Roadshow con la presencia de cientos de tour operadores, líneas aéreas y agencias de viajes del mercado inglés, donde destacó la belleza del país caribeño.

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Abinader presenta proyectos de ley contra el crimen organizado y para proteger a víctimas y testigos

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Abinader presenta proyectos de ley contra el crimen organizado y para proteger a víctimas y testigos

Las dos iniciativas buscan colocar a la República Dominicana entre los países avanzados que tienen leyes para proteger a las víctimas y testigos y una legislación especial en contra del crimen organizado.

La tarde de este martes el presidente de la República, Lusi Abinader, introdujo en el Congreso Nacional, vía el Senado de la República, dos iniciativas legales encaminadas a fortalecer el marco jurídico penal de la República Dominicana.

Se trata del proyecto de ley sobre persecución y judicialización de las organizaciones criminales y el proyecto de ley de atención, representación legal y protección a víctimas, testigos y sujetos en riesgo.

En el mensaje de remisión se afirma que la primera iniciativa responde a uno de los principales desafíos de la región y de nuestro país, esto es, el combate al crimen organizado en sus distintas manifestaciones, con el propósito de garantizar la integridad del Estado Social y Democrático de Derecho.

En consecuencia, la ley propuesta tiene por objeto establecer reglas efectivas para la detección, persecución, judicialización y sanción de los hechos de criminalidad organizada tipificados en la misma, de conformidad con los estándares internacionales.

La pieza es categórica al tipificar la organización criminal como dos o más personas que integran, constituyen o promueven una organización con reparto de tareas o funciones, con miras a obtener directa o indirectamente un beneficio económico o de cualquier índole para sí o para terceros, a través de la comisión de una serie de delitos, tales como lavado de activos, financiamiento del terrorismo y proliferación de armas de destrucción masiva; terrorismo; tráfico ilícito de migrantes y trata de personas; tráfico de drogas y sustancias controladas; tráfico ilícito de armas, municiones y materiales relacionados; comercio ilícito y contrabando; secuestro; tráfico y comercialización de órganos humanos; soborno transnacional; tráfico y explotación de niños, niñas y adolescentes; delitos financieros; delitos medioambientales; sicariato; delitos de alta tecnología.

También se tipifican delitos relativos a grupos estructurados de poder, conspiración, tráfico de influencia, compras y contrataciones fraudulentas, estafa masiva, sicariato y obstrucción de justicia.

la segunda iniciativa responde a la realidad social de exclusión y desprotección sufrida por las víctimas, los testigos y los sujetos en riesgo ante la comisión de un hecho delictivo, debido a cuestiones socioeconómicas que obstaculizan su acceso a la justicia, así como a la falta de un marco jurídico que regule integralmente la atención, representación legal y protección de estas personas.

En consecuencia, la ley propuesta tiene por objeto reconocer y garantizar los derechos de las víctimas, los testigos y los sujetos en riesgo, así como regular el otorgamiento de las medidas de protección y atención en provecho de estos.

De aprobarse esta iniciativa del Poder Ejecutivo, la cual constituiría un significativo avance para la legislación moderna del país, se estaría cumpliendo con una deuda histórica en favor de la equidad de garantías que debe primar entre el imputado y la víctima en un proceso judicial, al satisfacerse el mandato constitucional de asistencia legal gratuita a personas que carezcan de los recursos económicos para obtener una representación judicial de sus intereses, particularmente para la protección de los derechos de la víctima.

En la nota de prensa circulada por la Presidencia de la República se reafirmó el compromiso del Gobierno y particularmente de la Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo en continuar trabajando en las reservas de ley pendientes desde la reforma constitucional del año 2010, a la par de las derivadas de la Constitución recién proclamada el 27 de octubre de 2024.

Los dos proyectos recién depositados en el Congreso Nacional forman parte de un conjunto de iniciativas que el Poder Ejecutivo ha venido trabajando de la mano del Ministerio Público, con el propósito de fortalecer el marco jurídico de las políticas del Estado contra la criminalidad.

Se recuerda que en octubre del año pasado el presidente de la República también introdujo en el Congreso dos importantes proyectos de ley sobre violación y traspaso ilícito de la propiedad inmobiliaria pública o privada y sobre el secuestro en todas sus modalidades. Ambos están siendo conocidos actualmente por el Senado de la República.

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Luis Abinader se dirigirá a la nación este domingo

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Luis Abinader se dirigirá a la nación este domingo

El presidente de la República, Luis Abinader, ofrecerá un mensaje a la nación este domingo primero de diciembre a las 7:00 de la noche. La información fue compartida a través de las redes sociales de la Presidencia.

“Este domingo 1 de diciembre, a las 7:00 p. m., nuestro presidente Luis Abinader se dirigirá al país con un mensaje especial. Sintoniza en vivo a través de una red de canales de televisión y las redes sociales de la Presidencia (@presidenciard)”, señala la publicación compartida en las redes.

La alocución del jefe de Estado será transmitida mediante una red de canales nacionales y locales de televisión, radio y plataformas digitales oficiales.

Aunque no se han revelado los detalles del contenido, el discurso llega en un contexto de movilización gubernamental por las festividades navideñas, donde el Gobierno ha impulsado diversos programas de asistencia social dirigidos a las comunidades más vulnerables.

Este sábado, la Dirección de Estrategia y Comunicación Gubernamental también informó que el encuentro semanal “LA Semanal con la Prensa”, previsto para el lunes 2 de diciembre, se llevará a cabo en el municipio Santo Domingo Oeste.

El vocero de la Presidencia, Homero Figueroa, explicó que la actividad se realizará en el Colegio La Hora de Dios, ubicado en la calle San Martín de Porres, en el sector Herrera, y comenzará a las 4:00 de la tarde.

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